Becker, su dualidad de funcionario y líder encubierto del magisterio

Balanza desigual de la justicia; Gerardo Becker es juez y parte

El actual presidente del Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje (TECA), muestra con desparpajo la ilegal defensa que hace desde su alto cargo al SMSEM, sindicato oficial al servicio del Estado, al que le encubre no tener debidamente integrados sus estatutos, entre otras anomalías

Por Luis Zamora Calzada (*)
 
Especial para Cananea TV

Hoy sale a la luz pública lo que hemos dicho en los últimos años: el SMSEM es un sindicato del gobierno, no de los maestros del subsistema educativo estatal, quienes han vivido engañados y sometidos al sistema.

Lo anterior ocurre por la gran imprudencia cometida por el señor Gerardo Becker, presidente en turno del Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje (TECA), quien, con gran descaro, que no tuvieron sus antecesores, muestra a todos la ilegal forma de defensa que hacen al sindicato oficial al servicio del Estado, tal y como está en sus siglas.

Mire usted, el cuatro de agosto de dos mil veinte, se presentó escrito de demanda ante la Oficialía de Partes del TECA, demandado la cancelación del Registro sindical del Sindicato de Maestros al Servicio del Estado de México (SMSEM), por no reunir a la fecha de la demanda los requisitos legales para continuar con su registro y mucho menos tener la representación del magisterio estatal.

Resulta entre otros, que los estatutos del sindicato demandado no tienen los requisitos ordenados por la ley, que son obligatorios, incurriendo en una causal de cancelación prevista por el artículo 145 fracción II de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, que consiste en dejar de cubrir los requisitos legales establecidos.

En el escrito de demanda se pide al TECA, no dispensar o hacer como que no ve dicha causal de cancelación demandada, porque actualmente conforme a las obligaciones contraídas por nuestro País en el T-MEC, el Tribunal y particularmente su presidente, deben conducirse con un alto estándar de imparcialidad y apegarse a uno de sus puntos fundamentales de los compromisos adquiridos, consistente en ser un organismo independiente e imparcial para registrar elecciones sindicales y resolver disputas relacionadas con convenios colectivos, que no ocurre con la determinación de esa disque autoridad laboral, para nuestros amable lectores, conozca lo siguiente:

El SMSEM tiene dos líderes

“…Así las cosas, a través del análisis de los diversos supuestos y de la interpretación realizada al caso concreto invocado, bajo el esquema que plantea el hoy accionante como pretensión para proceder a  la Cancelación del registro del Sindicato de Maestros al Servicio del Estado de México y Municipios,  no se adecua a ninguno de los supuestos que refiere la ley para actualizar o inclusive considerar el estudio del mismo, pues en todo caso y como confiesa expresamente bajo el apartado respectivo intitulado “prestaciones” de su escrito inicial de demanda bajo los incisos A),  B) y C) lo que en esencia pretende combatir lo   es la falta del cumplimiento de una obligación dentro de los estatutos que rigen la vida interna del sindicato en mención ya constituido y que de ninguna manera se puede  considerar como una ausencia de los requisitos indispensables de forma y de fondo que afecte la  integridad de la constitución del sindicato demandado, motivo y razón suficiente para considerar la notoria improcedencia del presente escrito, ya que de actuar de lo contrario por parte de este Tribunal, implicaría inmiscuirse en la autonomía que favorece la vida y gobierno del propio Sindicato de Maestros al Servicio del Estado de México, al imponerle en el supuesto no concedido de  condicionar las tomas de decisiones de los propios agremiados y re direccionarlas a sus propios  estatutos a consecuencia de un posible laudo condenatorio, circunstancia que esta autoridad no puede ni debe de considerar su admisión por violentar el principio de libertad sindical previsto en nuestra carta magna, bajo el cumulo de hechos y derechos analizados con anterioridad es de  estimarse la notoria improcedencia del escrito que se provee, por tanto con fundamento en lo dispuesto por  el artículo 724 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y  Municipios se ordena el Archivo Definitivo del presente expediente como asunto total y definitivamente concluido, por otro lado, a partir de esta fecha se empezará a computar el término  establecido en el artículo 14, fracción XXIII, del Reglamento Interior de Trabajo del Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje, relativo al resguardo de los expedientes de los asuntos concluidos  por dicho período de tiempo, y una vez transcurrido dicho término, se procederá a su depuración y destrucción, debiendo obrar en autos únicamente la demanda, contestación de la demanda,  convenio o laudo, de conformidad con los lineamientos contenidos en el Dictamen 1618 emitido por la Comisión Dictaminadora de Depuración de Documentos.”.

A esto se le llama actuación ilegal, contrario a derecho y a lo que dice el gobernador, quien sigue sosteniendo a Becker en el puesto a pesar de violar la libertad sindical y la negociación colectiva que refiere en público el titular del ejecutivo estatal.

En otro orden de ideas, si la determinación de Becker fuera cierta y no existieran riesgos para el sindicato oficial, caben las siguientes preguntas:

¿De dar entrada a la demanda, pierde su registro el sindicato oficial SMSEM?

¿Quién obliga al presidente del TECA a defender al sindicato oficial?

¿De no existir riesgos para el sindicato oficial, actuarían así?

¿Por qué son tan chillones, si en 2009, si admitieron la demanda de cancelación de registro sindical en contra del SUMAEM interpuesta por el SMSEM? Por cierto, ni con todo y Tribunal lograron vencer al SUMAEM.

Son preguntas, únicamente preguntas.

La ganancia del magisterio

 Amable lector, para su conocimiento, contra las ilegales actuaciones del presidente del Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje (TECA), no garante de justicia laboral, mucho menos de libertad sindical, aplicación de los principios del derecho de sindicación y la negociación colectiva, existe un medio de defensa que es el amparo indirecto, que se interpone ante los jueces federales.

Al respecto, el Sindicato Unificado de Maestros y Académicos del Estado de México (SUMAEM) ya interpuso el amparo indirecto correspondiente para combatir al presidente del TECA en turno, quien nos ataca permanentemente, sus jefes seguramente se van a molestar, porque no podrán vencer a la ley, que es su clara pretensión, Becker tiene que renunciar, daña la imagen del gobierno estatal actual y pobre del TECA, en estas manos, ni en los peores tiempos que le conocemos en los últimos trece años, a pesar de ello, estamos listos para combatir y defendernos.

(*) Secretario General del SUMAEM

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