COFEPRIS Debe Autorizar Uso Lúdico de la Marihuana, Avalado por la Suprema Corte, dice Silvia Sánchez

La legisladora insta al Congreso a legislar en la materia

Sánchez Barrios presentó en el Congreso Local de la CDMX, un exhorto para que la COFEPRIS otorgue permisos para el uso recreativo de la cannabis, tal y como lo estableció el Máximo Órgano de Justicia del país, en junio del 2021

 Por Staff de Cananea TV

 La diputada local, Esther Silvia Sánchez Barrios presentó una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) a que otorgue permisos para el uso lúdico del cannabis y THC, en reconocimiento del derecho constitucional al autoconsumo.

Su pedimento es con base en lo siguiente:

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en junio de 2021, por mayoría calificada, dictó la declaratoria general de inconstitucionalidad para eliminar la prohibición establecida en la Ley General de Salud sobre el uso lúdico recreativo del cannabis y el tetrahidrocannabinol, al haber superado el plazo marcado sin las modificaciones requeridas por parte del Congreso de la Unión.

Es decir, señaló Sánchez Barrios “con esto se da la posibilidad para que la Secretaría de Salud de México autorice las actividades relacionadas con el autoconsumo del cannabis y tetrahidrocannabinol (THC) y por medio de la COFEPRIS se pueda emitir autorizaciones para consumir o portar cannabis con fines recreativos y los lineamientos para el manejo de la planta o las semillas, sin la necesidad de un juicio de amparo para tramitar el permiso de uso personal.

“Sumado a esto, comentó, la Corte volvió a exhortar al Congreso de la Unión para legislar estableciendo las atribuciones y responsabilidades en la ley, tanto para la Secretaría de Salud, como para COFEPRIS, ya que aunque exista la posibilidad por parte de la declaratoria de inconstitucionalidad se dejan huecos legales y posibilidades para la interpretación que posibilitan el abuso de poder, la corrupción y la criminalización de diferentes sectores de la población.

Consumo de la cannabis regulado en las leyes

“Por lo anterior, señala la legisladora, que COFEPRIS está posibilitada para emitir la propia reglamentación y modalidades para consumir y portar el cannabis, así como el manejo de las semillas y plantas para usos recreativos”.

Pero reveló Sánchez Barrios que “lamentablemente por medio de una solicitud de información del 4 de abril de 2022, con folio 330007922002882 se señaló que se negaron los permisos relativos al uso lúdico, con fundamento en los mismos artículos que la Suprema Corte de Justicia de la Nación había señalado como inválidos o que fueron modificados por ir en contra del derecho al libre desarrollo de la personalidad, siendo el 235, 237, 245, 247 y 248 los Artículos señalados de la Ley General de Salud”.

Asimismo, dijo que por lo anterior queda remarcada la importancia por legislar en la materia dentro de la Ley General de Salud por parte del Congreso de la Unión, “pues que la Suprema Corte de Justicia de la Nación señalara la inconstitucionalidad, deja un hueco y ambigüedades legales en la propia ley. Pero no solo esto, COFEPRIS debe otorgar los permisos para el uso lúdico, sin justificar la negativa en artículos invalidados o modificados por la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación, o bien negarlos bajo otro sustento, pues con esto se da certeza a la ciudadanía de los procedimientos, cerrando la posibilidad para la corrupción, el abuso de poder y permitiendo la libre determinación de los sujetos, eliminando por fin el estigma para los consumidores, y la relación directa que se asume en sociedad entre el consumo con el crimen organizado”.

“Por lo anteriormente expuesto, finalizó, someto a consideración de este H. Congreso de la Ciudad de México, la siguiente proposición con Punto de Acuerdo, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 fracción II y 100 del Reglamento del Congreso de la Ciudad de México al tenor siguiente:

RESOLUTIVO ÚNICO. – Se exhorta a la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios a que otorgue permisos para el uso lúdico del cannabis y THC, en reconocimiento del derecho constitucional al autoconsumo”.

 

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