El Fracaso de la Representación Política Indígena en la CDMX

Hoy tenemos un Congreso Local con una integración paritaria de hombres y mujeres; pero fue un fracaso en el caso de los barrios y pueblos originarios que a pesar de estas contemplados en la Constitución local, no tuvieron aún legisladores indígenas

 

Por Felisa Sánchez Sánchez (*)

Especial para Cananea TV

La acción afirmativa

La acción afirmativa (también conocida como discriminación positiva) es el término que se le da a una acción que pretende establecer políticas que dan un trato preferencial en el acceso o distribución de ciertos recursos o servicios, así como acceso a determinados bienes, grupo social, étnico, minoritario o que históricamente haya sufrido discriminación a causa de injusticias sociales,

El objetivo es el de mejorar la calidad de vida de los grupos desfavorecidos y compensarlos por los perjuicios o la discriminación de la que han sido víctimas.

La primera acción afirmativa se estableció en los Estados Unidos por parte del Presidente John F. Kennedy y el segmento poblacional que se benefició de esta medida fue la comunidad afroamericana.

Esta acción afirmativa llevada al campo de los derechos políticos electorales tiene que ver con los mecanismos para garantizar la representación política de los segmentos de la población que han sido discriminados de forma permanente por el estado y que tienen una relación intrínseca con la cantidad de población que representan.

La acción afirmativa en la Ciudad de México. El Congreso Local

La acción afirmativa respecto a la representación política en la Ciudad de México ha tenido grandes resultados en el caso de las mujeres y jóvenes.

La Constitución Política de la Ciudad de México y los ordenamientos electorales establecieron con claridad los procedimientos para hacer concreta esta acción afirmativa, tanto en los diputados uninominales y plurinominales.

Mucho por hacer a favor de los indígenas de la CDMX

El resultado de esta situación es que hoy tenemos un Congreso Local con una integración paritaria de hombres y mujeres, y una importante representación de jóvenes. Sin embargo, en el tema de la representación indígena fue un verdadero fracaso, a pesar que la Constitución Política de la Ciudad de México establecía las medidas afirmativas a favor de los pueblos y barrios originarios y las comunidades indígenas residentes.

El Código Electoral de la Ciudad de México solo estableció la promoción de las candidaturas indígenas en las listas presentadas por los partidos políticos, sin embargo, un solo partido político, Movimiento Ciudadano, presento en sus listas plurinominales a un candidato de pueblos y barrios originarios, que estaba situado en el lugar número 11 de este listado.

Lo anterior equivale a una población indígena igual o mayor a 60% respecto a su total. Por primera vez en la historia se puede decir que existe una bancada indígena en el Congreso de la Unión, pero hay que recordar dos circunstancias. Éste fue un acuerdo del consejo del Instituto Nacional Electoral, no es producto de una modificación a la representación política de la población indígena y los partidos políticos.

La normatividad electoral en este tema es escasa, casi inexistente en el caso de los diputados. Hay cinco entidades que establecen acción afirmativa para las candidaturas  indígenas pero solo en el caso de los cargos al ayuntamiento.

En la ley de Oaxaca se reconoce la elección por sistemas normativos en sus municipios catalogados como indígenas. Algunos municipios de otras entidades ya han alcanzado este reconocimiento, como es el caso de Cherán.

Por esta razón, fue una excelente noticia la medida que tomo el Instituto Nacional Electoral de obligar a los partidos políticos a presentar candidatos indígenas en 13 Distritos electorales que tienen Código Electoral, y que este acuerdo fue tomado a pesar de que todos los partidos políticos demostraron su oposición.

Debe garantizarse su representación en el Congreso Local

Otro camino para lograr la representación política de las poblaciones indígenas es que los partidos políticos determinen esta acción afirmativa en sus estatutos.

Todos los partidos políticos en sus documentos básicos se han abierto a la problemática indígena, reconociendo su carácter pluricultural en la nación, y ahora se atienden a las disposiciones constitucionales.

Su compromiso con los pueblos indígenas para garantizar su representación política no obstante no se ha concretado, solo un partido político ha establecido un mecanismo en sus estatutos para garantizar la acción afirmativa indígena, y no es por cierto nuestro partido.

Los pueblos y barrios originarios y las comunidades indígenas residentes, en el caso de la Ciudad de México, miran con recelo a los partidos políticos. Identifican que estos han monopolizado la participación y el acceso de los ciudadanos al poder público,  y que los han dejado sin ningún espacio de participación.

Orgullo y tradición de los pueblos originarios

Por esta razón proponemos los siguientes resolutivos de este taller:

  • Exigir que la acción afirmativa se plasme en la Ley electoral y en la Ley indígena de la Ciudad de México para los cargos de representación popular, que está determinada en la Constitución Política de la Ciudad de México para los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes. Que establezcan claramente los mecanismos, procedimientos y requisitos para hacer realidad la representación de los pueblos y barrios originarios y las comunidades indígenas en el Congreso Local y en las consejerías de las alcaldías. También se tiene que establecer la igualdad sustantiva en esta acción afirmativa.
  • El sistema electoral de la Ciudad de México tiene que establecer Distritos Indígenas en donde los partidos políticos tengan la obligación de registrar candidatos de los pueblos y barrios originarios y comunidades Indígenas residentes. Debe cuidar además que en las listas plurinominales de los partidos políticos reserven espacios para la representación política indígena y así hacer efectiva la acción afirmativa.
  • En el caso de nuestro partido, Morena, proponer una reforma estatutaria, para establecer la acción afirmativa indígena para garantizar la representación de los pueblos indígenas en los cargos de representación popular.

De igual manera, establecer la igualdad sustantiva de las mujeres indígenas en nuestro país, en nuestro programa de acción, en el apartado referente a los pueblos indígenas.

(*) Secretaria de Asuntos Indígenas y Campesinos del Comité Ejecutivo de MORENA en la CDMX

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